top of page

Nota de prensa N° 52- Observatorio de Derechos Culturales
Cuba: cómo se blinda el robo del patrimonio nacional

11 de septiembre de 2023

WhatsApp Image 2022-05-05 at 5.21.53 PM.jpeg

La semana pasada fue publicada la Ley General de Protección al Patrimonio Cultural y Natural, en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, No. 84. Esta legislación fue aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) en mayo del pasado año y entraría en vigor en marzo de 2024.

La ley agrupa en una misma normativa el patrimonio cultural y el nacional, siendo responsables tanto el Ministerio de Cultura (MINCULT) como el Ministerio de Ciencia Tecnología y Medio Ambiente (CITMA). A rigor de esta legislación se describe por primera vez la noción de patrimonio como aspecto para la cultura y el desarrollo, al tiempo que registra tanto el patrimonio material como el inmaterial en la Isla. Según las autoridades de ambas instituciones, el documento reconoce al sistema nacional de áreas protegidas y refuerza el sistema de gobierno a nivel municipal, mientras que el respaldo al patrimonio cultural es “un hecho de reafirmación soberana”.

Regular los mecanismos y procesos para la protección del patrimonio es un ejercicio necesario en un país que ha dilatado este aspecto a expensas de la conservación de obras culturales y espacios naturales, diezmados por la corrupción estatal. Sin embargo, dado el sistema no democrático vigente en la Isla, y la vigilancia, control y acción que históricamente ha ejercido el Estado post1959 sobre derechos de propiedad y otros más amplios de personas naturales y jurídicas, esta ley no parece representar una mejora auténtica de la gestión patrimonial. Recordemos que innumerables piezas de arte fueron nacionalizadas y posteriormente vendidas por instituciones culturales del Estado como el Museo Nacional de Bellas Artes. Además, la mayoría de las zonas de reservas naturales con especies endémicas protegidas y parte del patrimonio natural de la Isla se encuentran bajo el poder de la clase castrense con organismos fachada como la Empresa Nacional para la Protección de la Flora y la Fauna (ENPFF) del Ministerio de Agricultura (MINAG), dirigida por el Comandante Guillermo García Frías y sus familiares, quienes exportan especies y recursos supuestamente protegidos. Por tanto, en un esquema político personalista, carente de rendiciones de cuentas sobre temas que le conciernen a la ciudadanía, como el presente, esta ley puede ser un mecanismo para legitimar y blindar acciones de extractivismo y espoliación por parte de Estado, sobre el patrimonio cubano.

El ODC condena la escritura de documentos legales encaminados a justificar acciones no transparentes y legalizar el control expoliativo del Estado sobre recursos nacionales. El ODC advierte sobre la pérdida potencial de bienes y valores culturales y naturales que puede hacerse efectiva a partir de leyes como la que nos ocupa, bajo un sistema autoritario con interés utilitarista y de comercialización de bienes que no le pertenecen. Por último, el ODC denuncia la violencia legalista que representa la escritura de leyes en diferentes ámbitos (penal, alimentario, prensa, telecomunicaciones, familia, etc.) en los últimos cinco años, con fuerte tendencia a criminalizar ejercicios de supervisión independientes que representen un obstáculo para el accionar indiscriminado del Estado cubano.

Comparte en:
  • Negro Facebook Icono
  • Twitter
  • LinkedIn
bottom of page